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28 de abril de 2014

Ante proyecto de Ley de Costa Marítima, Buenos Aires

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), puso a disposición de científicos del CONICET, el anteproyecto de Ley de Costa Marítima, con el objetivo de realizar su aporte a la norma que será elevada a la Legislatura este año.

"La protección integral de nuestras playas y frente costero es fundamental, por eso apoyamos la creación de una normativa moderna pensando en el presente y en las futuras generaciones", opinó el diputado provincial Rodolfo Manino Iriart.

El anteproyecto, que ya fue consensuado con los intendentes de la costa bonaerense, fue elaborado por la Unidad de Manejo Costero integrado por representantes de los ministerios de Asuntos Agrarios, Infraestructura, de Gobierno, Producción, Jefatura de Gabinete, Autoridad del Agua, OPDS y Dirección de Hidráulica, quienes estuvieron presentes en la reunión con directivos de CONICET.

El legislador Manino Iriart, quien preside la Comisión de Intereses Marítimos, Portuarios y Pesqueros de la Cámara de Diputados de la Provincia, remarcó que “creemos importante contar con una herramienta legal que permita dar un marco regulatorio integral que permita una mejor preservación de nuestro frente costero y playas”.

El diputado, que destacó las políticas que sobre medio ambiente lleva adelante el gobierno de Daniel Scioli, cuenta con la colaboración y asesoramiento de la Fundación Consejo de Planificación Técnica, un equipo interdisciplinario de jóvenes profesionales de Mar del Plata y la región.“Hace pocos días mantuvimos un importante encuentro con los presidentes de colegios de profesionales de Arquitectos, Ingenieros, y Centro de Constructores, quienes me manifestaron el interés en el tratamiento de la Ley de Costa”, dijo Manino Iriart, impulsor del programa provincial Guardianes Ambientales destinado a jóvenes del secundario.

Por su parte, el titular de la cartera ambiental, Hugo Bilbao, destacó que “desde el Estado debemos generar un marco normativo que supere al actual, proponiendo un ordenamiento general del territorio para que nosotros y las generaciones futuras puedan seguir disfrutando de las playas de la Provincia”.

“La preservación de las playas, además cuidar el medio ambiente, significa el mantenimiento del recurso turístico y económico que por excelencia tiene nuestra Costa”, valoró.

La norma establece que será delegado a los municipios el uso y goce de la zona costera provincial para el aprovechamiento turístico bajo pautas ambientales.

Destaca entre sus aspectos más importantes la protección de la primera franja costera frente a la urbanización; de las playas, médanos costeros y acantilados, que no podrán ser degradados de ninguna forma; la promoción de balnearios sustentables que no alteren la circulación de arena ni la salud de las playas y la elaboración de planes provinciales y municipales de gestión con una visión integradora del tema costero.

Se estipula además la creación de un Observatorio Ambiental para determinar científicamente la evolución de las costas bonaerenses y la formulación de un Plan Provincial de Manejo Costero Integrado por parte de la Unidad de Manejo Costero Integrado (formada por siete organismos provinciales), en el que se detallen los objetivos y las medidas a adoptar por el estado provincial en lo que refiere a intervención costera.

Plantea también nuevas pautas de construcción y manejo de las Unidades Turísticas Fiscales o balnearios en el litoral marítimo bonaerense, conforme al concepto de manejo costero integrado y un Plan de monitoreo costero continuo de las playas por parte de los concesionarios de playa, entre otros puntos importantes, se explicó.

Fuente: Buenos Aires Informa

7 de enero de 2013

Ley de Pesca y Acuicultura de Chile

Chile sigue la tramitación de su polémica Ley de Pesca y Acuicultura, que según el gobierno viene a sembrar paz en el sector, pero que está siendo muy respondida desde diversos sectores sociales.  Así, tras un año de debate, el Senado aprobó a mediados de diciembre de 2012 las modificaciones presentadas por la Comisión Mixta por 23 a favor, 7 en contra y 1 abstención y un pareo, con lo que concluye el trámite constitucional y  se ratifican las modificaciones al proyecto de Ley de Pesca que entrará a regir en 2013. 


Eje en la sustentabilidad

La nueva ley incorpora la sustentabilidad como objetivo primordial y el concepto de Rendimiento Máximo Sostenible (RMS), que es el estándar internacional al cual se deben llevar y mantener las pesquerías. Esto permite obtener las mayores capturas sin arriesgar la disponibilidad de los recursos en el mediano y largo plazo. ONG’s como Greenpeace, Oceana y WWF, entre otras, validaron los criterios de sustentabilidad incorporados. 

Prima la ciencia por sobre todo

Al momento de tomar decisiones, prima la ciencia y no la política. Se divide el proceso de toma de  decisiones: en las de carácter científico,  participan sólo y exclusivamente  los comités científicos técnicos (se elimina la facultad resolutiva del Consejo Nacional y de los Consejos Zonales de Pesca) mientras que en las asociadas al manejo pesquero se toman en consideración a todos los actores. Esto, para garantizar el principio de sustentabilidad de la ley, considerando que en otros países las pesquerías sólo mejoraron cuando en las decisiones científicas primó la investigación, como en el caso de Estados Unidos.

Se crean once comités científicos técnicos (ocho de pesca y tres de acuicultura) integrados por destacados especialistas. Éstos son elegidos por concurso público y se contemplan causales de inhabilidad para asegurar la independencia y autonomía.

Los integrantes deben pronunciarse en materias como establecer el rango de las cuotas de captura, restringiendo el poder de decisión del Subsecretario de pesca y definiendo el estado de situación de la pesquería (colapso o sobreexplotación), los puntos biológicos de referencia en un plazo de dos años, los rangos de mortalidad por pesca y los programas de investigación. 

55% de los desembarques para la pesca artesanal

La iniciativa establece un fraccionamiento de cuota entre los sectores industrial y artesanal por un periodo de 20 años para 12 pesquerías (sardina, anchoveta, jurel y merluza común, entre otras) Del total de desembarques nacionales, el sector artesanal participará del 55% de la cuota de captura y se reduce a un 45% la del sector industrial. La transferencia de las cuotas del sector industrial al artesanal equivale a 51 millones de dólares anuales, incluidas las licitaciones de langostinos y bacalao. 

Licencias  temporales por 20 años

Se establece la creación de licencias transables de pesca temporales por 20 años y de carácter renovable sólo si se cumplen tres exigencias: aspectos ambientales, pesqueros y laborales. Si un industrial no cumple estos requerimientos, su licencia no será renovada. Además, al entregar la licencia el industrial deberá pagar una patente más un impuesto específico que mantiene la recaudación para el Estado. Además, si las cuotas  pesqueras aumentan, también se incrementarán las rentas fiscales.

El sector artesanal, en tanto, continúa con permisos de pesca indefinidos. 

Extensión de las Cinco Millas

Se regulan por ley las cinco millas para la pesca artesanal y las aguas interiores y se extiende hasta el sur de la isla de Chiloé. Se mantiene la restricción de ingreso de naves industriales al área de reserva artesanal, es decir las cinco millas, sin embargo se pueden establecer excepciones previo acuerdo con los pescadores. 

Reserva Primera Milla para 90% de los pescadores

Por primera vez se reserva de manera exclusiva la primera milla para las embarcaciones artesanales de menor tamaño (menos de 12 metros de eslora), desde el límite norte del país hasta el límite sur de la isla de Chiloé. Esta regulación beneficia al 90% de los pescadores artesanales, es decir a 11.805 de un total de 13.073 embarcaciones artesanales. Aquellas naves artesanales de más de 12 metros podrán ingresar  a esta zona previo acuerdo entre los pescadores. 

Uso de Posicionador Satelital

Para respetar los estándares internacionales en materia sustentabilidad, se exige el uso de posicionador satelital para las embarcaciones artesanales de más de 15 metros de eslora, de cerco de más de 12 metros de eslora y embarcaciones de transporte. Se exceptúan las embarcaciones destinadas a transporte de recursos bentónicos. Esta medida también busca resguardar la primera milla para embarcaciones de menor tamaño de la flota artesanal. 

Pago de Patente

Todas las naves artesanales de mayor tamaño deberán pagar patente. De su valor se descontará la adquisición e instalación del sistema de posicionador satelital y el 50% de su mantención, además del costo de  certificación de desembarques. 

Eliminación Patente Áreas de Manejo

A contar de 2013 se elimina el cobro de patente de las Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (AMERBS), beneficiando a  más 23 mil pescadores. Estas áreas son administradas por las organizaciones de artesanales para extraer y repoblar recursos como  locos, erizos y algas, entre otros. Se incorpora una nueva sanción con presidio a la extracción ilegal de estos recursos por parte de personas ajenas a la organización desde estas áreas de Manejo. 

Contrato a la Parte y Seguro de Vida

Se regula el contrato a la parte, es decir, se formalizan los acuerdos laborales que se establecen entre armadores y tripulantes  para resguardar el debido reparto de las utilidades en las faenas en el mar. Además, se establece la exigencia de un seguro de vida para los pescadores artesanales (tripulantes y buzos) de hasta 65 años, que resguarda sus condiciones laborales y la de sus familias. 

Creación  de IDEPA

Se creará, a través de un proyecto independiente que será presentado en marzo, el Instituto de Desarrollo de la Pesca Artesanal y Acuicultura de Pequeña Escala (IDEPA), para elevar la capacidad empresarial, productiva y comercial de pesca y acuicultura, promover el consumo de los productos del mar y coordinar, financiar y ejecutar su desarrollo productivo. 

Fortalecimiento al cultivo y repoblamiento de algas

El Estado otorgará un subsidio al repoblamiento y cultivo de algas para artesanales y acuicultores de menor tamaño, gracias a un proyecto de ley que será presentado en un plazo de seis meses luego de aprobada la Ley. 

Plataforma Social

Se crea un programa de apoyo social destinado a ex trabajadores de la industria pesquera extractiva o de procesamiento, que hayan perdido su trabajo como consecuencia de la aplicación de esta ley y no imputable al trabajador, siempre que tengan más de 55 años de edad y 15 años de antigüedad en el sector a lo menos y, que no sean beneficiarios de alguna pensión estatal o jubilación anticipada o por enfermedad. Estos beneficios no serán reembolsables y sólo se entregarán de forma anual por un máximo de tres años, priorizándose a aquellos que acrediten mayor vulnerabilidad social con un monto de 40 unidades de fomento anual por cada trabajador beneficiario. 

Licitaciones

Para dar acceso a nuevos actores, se licitará el 15% de la cuota de pesca industrial de las pesquerías sanas, momento en el cual se deberá contar con la información sobre los Rendimientos Máximos Sostenibles y Puntos Biológicos de Referencia (plazo de 2 años). En el caso de las pesquerías sobreexplotadas, éstas se licitarán a todo evento a partir del quinto año de vigencia de esta ley. En el caso de las pesquerías colapsadas, estas subastas se realizarán cuando  éstas hayan alcanzado el estado de sobreexplotación, de acuerdo a la determinación de los puntos biológicos de referencia.

27 de noviembre de 2012

La Junta de Andalucia aprueba un Decreto Ley para la protección del litoral



El Consejo de Gobierno ha aprobado un Decreto-ley de medidas urgentes para adecuar la planificación urbanística de los ayuntamientos a la realidad actual y a las exigencias de sostenibilidad fijadas por el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) en el ámbito litoral. 


Como principal novedad, la norma dispone la elaboración del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, que permitirá proteger los espacios no urbanizados y evitar el deterioro del paisaje y la pérdida de ecosistemas valiosos, así como incrementar la calidad de la franja costera. Este espacio, que ocupa un 15% de la superficie de Andalucía y acoge al 40% de su población, es un activo de primer orden para la competitividad turística y para las principales actividades económicas de la región. 

Para garantizar la efectividad del Plan durante su elaboración, el Decreto-ley suspende cautelarmente la tramitación urbanística de los suelos urbanizables no desarrollados de aquellos municipios litorales no adaptados al POTA y que, por tanto, no garantizan su adecuación a las previsiones de crecimiento contenidas en el mismo. Esta suspensión, de carácter inmediato, afectará a 52 municipios costeros y estará en vigor hasta que el Plan se someta al trámite de información pública, en el plazo de seis meses. Posteriormente, y hasta la aprobación definitiva del Plan en un plazo de 2 años, la medida cautelar se mantendrá sólo en los terrenos identificados expresamente en el documento que se somete a información pública.

El objetivo del Gobierno andaluz es frenar las previsiones de crecimiento elaboradas hace años (fundamentalmente en las décadas de los 80 y 90) y no acordes con las exigencias actuales. Durante las últimas cinco décadas, la intensa actividad económica ha dado lugar a que ya se encuentre ocupado casi el 40% de los terrenos situados en los primeros 500 metros de costa, frente al 7% de mediados del siglo pasado.

El Plan de Protección previsto, establecerá los objetivos y criterios a los que habrá de atenerse el planeamiento urbano para la conservación y la revalorización de la franja comprendida en esos primeros 500 metros, así como en todas aquellas zonas necesarias para garantizar el cumplimiento de las finalidades de protección (excluyendo las contiguas a las márgenes de los ríos). 

Al intervenir sobre la zona de influencia del litoral, caracterizada por ser la de mayor actividad urbanística, el plan contribuirá también de forma indirecta a la defensa del propio dominio público marítimo-terrestre. Este sentido, el reforzamiento de las condiciones para garantizar la sostenibilidad contrasta con la desregularización que para dicho dominio –de competencia estatal– ha primado en la reciente reforma de la Ley de Costas aprobada por el Gobierno central.

Por su jerarquía, el futuro documento será vinculante tanto para el planeamiento urbanístico municipal como para los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional y permitirá, por su escala de trabajo, adoptar determinaciones tanto en los suelos urbanizables como no urbanizables adecuándolos a las condiciones de sostenibilidad establecidas en la legislación y planificación autonómica. 

Una vez elaborado por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, el Plan de Protección del Corredor Litoral se expondrá a información pública durante un plazo no inferior a dos meses, con el fin de incorporar las aportaciones de las administraciones y de los agentes económicos y sociales. 

Medidas para la adaptación al POTA

Más allá del ámbito litoral, el Decreto-ley introduce diversas medidas para incentivar y acelerar la adecuación de los planes urbanísticos municipales al POTA. Transcurridos seis años desde su aprobación, actualmente tan sólo el 11% de los ayuntamientos andaluces han culminado este proceso. 

Con esta finalidad, el Decreto-ley establece que la adaptación debe realizarse a través de la revisión del planeamiento municipal, en los plazos establecidos para la misma, y si este no se hubiera establecido, en el plazo máximo de 8 años desde su entrada en vigor. La falta de adaptación conllevará la imposibilidad de aprobar instrumentos de desarrollo que supongan crecimientos urbanísticos que superen los límites regulados en el POTA.

Por último, el Decreto-ley modifica diversas normas con el objetivo de agilizar la tramitación de los procesos de planeamiento urbano y facilitar la coordinación entre las administraciones.

En el primero de estos aspectos destaca el establecimiento de un plazo único de tres meses -actualmente el plazo oscila entre uno y seis meses- para la emisión de los informes preceptivos sectoriales por parte de la Administración autonómica.

Respecto a la mejora de la coordinación, el Decreto-ley supone acelerar la puesta en funcionamiento del órgano colegiado que actuará en cada provincia como ‘ventanilla única’ para facilitar a los ayuntamientos la tramitación de estos informes sectoriales, que hasta ahora han emitido por separado las diferentes consejerías de la Junta. Esta medida permitirá acortar los plazos de respuesta a los municipios y reforzará la colaboración técnica entre las administraciones autonómica y local en relación con las incidencias que pueden plantearse durante el proceso. 

11 de septiembre de 2012

La plataforma "No a nuestra costa" se opone a la reforma de la Ley de Costas


Formada por más de 200 organizaciones de diversa índole, “No a nuestra Costa” exponía en su formación 10 razones por las que había que defender la Ley de Costas, ya que esta ley aprobada en 1988 y vigente en la actualidad, garantiza la protección ambiental y uso público de la costa. De manera que defender nuestras playas, calas, dunas, acantilados, marismas y rías es proteger un bien común, para las generaciones presentes y para las futuras. 

Sin embargo, a pesar de la validez de la Ley de Costas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente, a través de Arias Cañete, presentó en julio el borrador del anteproyecto de modificación de la Ley de Costas que fue aprobado en Consejo de Ministros. El contenido del documento no fue expuesto con anterioridad a las principales asociaciones ecologistas del país, tal y como prometió el ministro, y viene rodeado de una falta de participación y oscurantismo destacables. 

Así, la reforma de la Ley de Costas, que pasaría a llamarse Ley de protección y uso sostenible del litoral supondría postergar el problema de la ocupación privada de la costa a generaciones futuras, ya que la ampliación de concesión de DPMT a 75 años, heredables y con la posibilidad de compra-venta es regalar terrenos públicos a manos privadas. Además, y de forma grave, ignora totalmente los impactos previsibles del cambio climático sobre el litoral, ya que desprotege grandes tramos de litoral cantábrico y atlántico al reducir de 100 a 20 metros la franja de servidumbre de protección en las rías, y declarar suelo urbano zonas del frente litoral que también reducirían la servidumbre de protección a 20 metros en estos tramos. 

Además la Plataforma considera que mientras que se excluyen del DPMT diez núcleos urbanos y buena parte del litoral de Formentera, sin ningún tipo de criterio medio ambiental ni científico, se excluyen de este dominio ecosistemas sumamente importantes para el equilibrio de la costa, como son las marismas mediterráneas, salinas, esteros, ciertas zonas inundables y dunas que no estén en movimiento, perdiendo así la franja de 100 metros de servidumbre de protección asociada a ellos. 

En muchas franjas del litoral, existen sistemas dunares situados más de 100 metros de la costa o playa y no están en primera línea del mar y por tanto, no juegan un papel en la defensa o la estabilidad de la playa. Sin embargo, afectan la dinámica litoral de la costa y además son ecosistemas importantes que albergan flora y fauna especialmente adaptada a estos ambientes.. 

Finalmente, en un escenario de crisis, donde los servicios públicos van en detrimento, esta reforma supondría la pérdida del dinero público invertido todos estos años en la delimitación, recuperación y conservación del DPMT que ahora se desprotege. Y por si esto fuera poco, implica aumentar el gasto de dinero público en nuevos deslindes e indemnizaciones de quienes en su momento sí acataron la Ley. 

La Plataforma No a nuestra costa, en defensa de la Ley de Costas, alerta de la gravedad de esta modificación y pide al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente que deseche este anteproyecto. El contenido del texto, más que pretender conciliar el desarrollo económico con la conservación del medio ambiente, y dar una mayor seguridad jurídica, según palabras de Arias Cañete, parece encaminado a privatizar la costa, y hecho a la carta según intereses de particulares que han ido acumulando todos estos años terrenos en la costa.


17 de junio de 2012

Consulta pública de las Estrategias marinas de España


IEO: Estrategias marinasLos planes de acción  que marcarán las  actuaciones para proteger y promover el desarrollo sostenible de nuestros mares, elaborados con el apoyo técnico y científico del Instituto Español de Oceanografía, han comenzado el periodo de participación pública a través de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 

La finalidad es garantizar que todos los agentes interesados (ciudadanos, centros de investigación, administraciones, ONG, etc) tengan acceso a las estrategias marinas antes de su aprobación y dispongan de la oportunidad  de participar y enriquecer las futuras actuaciones.

Hasta el 15 de julio de 2012, en la página Web del MAGRAMA, estarán a disposición del público para su consulta y participación las tres primeras fases (evaluación, estado ambiental y objetivos ambientales) de las estrategias de las cinco demarcaciones marinas españolas (Noratlántica, Sudatlántica, Canaria, Levantino-Balear y Estrecho y Alborán), que incluyen la totalidad del medio marino bajo su soberanía o jurisdicción, lo cual supone más de un millón de kilómetros cuadrados. 

Estos trabajos se han desarrollado con el apoyo técnico y científico del Instituto Español de Oceanografía, el Centro de Estudios de Puertos y Costas del CEDEX y un economista ambiental.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y  Medio Ambiente es la autoridad competente para aplicar en España la Directiva marco sobre la estrategia marina, que se ha transpuesto al derecho español a través de la Ley 41/2010, de protección del medio marino y que regula los instrumentos esenciales de  planificación para alcanzar ese objetivo: estrategias marinas. Enlace para acceder a las estrategias: 

http://www.magrama.es/es/costas/temas/estrategias-marinas/default.aspx

31 de mayo de 2012

Protección para la Poseidonia en Baleares


El gobierno balear tiene previsto el establecimiento de medidas para la protección de las praderas de posidonia y de regulación del fondeo recreativo en zonas declaradas Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) de las Islas Baleares. 

Estas medidas se concretan, por un lado, en la elaboración de un decreto ley pionero de la protección de la posidonia oceánica en las Illes Balears, y por otro, en el Plan de Regulación de los fondeos en Zonas LIC. Y ello con el objeto de proteger la posidonia oceánica en las Islas Baleares, una planta que quedó incluida el año pasado, a través de un real decreto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial, lo que implica que se le deba aplicar la Ley del Patrimonio Natural y de la biodiversidad, que, entre otros aspectos, prohíbe la destrucción intencionada. 

La Comunidad Autónoma será pionera en España de disponer de un marco legal propio para proteger la posidonia. Así, el Decreto que se elabora desde la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático prevé la protección estricta de los siete arrecifes-formaciones singulares de la especie-de las islas: es Caló (Artà), Sanitja (se Mercadal), Addaia (Es Mercadal-Maó), Talamanca (Ibiza), Porroig (Sant Josep de sa Talaia), sa Torreta y es Pujols (Sant Francesc de Formentera). 

También regula el fondeo de embarcaciones y otras actuaciones que puedan afectar esta especie. Con relación al anclaje de embarcaciones, la regulación penaliza el fondeo sobre posidonia de embarcaciones de más de 12 metros de eslora que estén sobre profundidades de menos de 35 metros. Por debajo de esta cota, el fondeo sobre fondo arenoso de cualquier embarcación, con independencia del tamaño, no se ve afectado. 

En cuanto a la regulación de los fondeos, la aplicación de este Decreto no afecta aguas ni zonas de reserva de puertos estatales ni autonómicos ni profundidades superiores a los 35 metros, donde el crecimiento de la posidonia se limita bastante por la falta de luz, ni tampoco las zonas LIC con planes de gestión, donde el Gobierno ha establecido campos de fondeo de bajo impacto ambiental. 

El Decreto que prepara la Dirección General también prevé otras medidas, como la prohibición de instalaciones de acuicultura, la extracción de áridos o el vertidos sobre praderas de posidonia.La norma establece también un régimen de autorizaciones para afectaciones puntuales sobre posidonia (de hasta 1.000 m2 o del 2% de la pradera). En caso de afectaciones superiores será necesaria la aprobación del Consejo de Gobierno. En ambos casos, se podrán determinar medidas correctoras o compensatorias. 

Las boyas han de reservar previamente a través de la web http://fondeos.caib.es. El Gobierno, atendiendo a las demandas del sector, este año no aplicará ninguna tarifa por uso. Para garantizar que se cumplen las normas, el Gobierno también dispondrá ocho barcas de vigilancia (3 en Mallorca, 2 en Menorca, 2 en Formentera y 1 en Ibiza), coordinadas por el Centro de Coordinación de Limpieza del Litoral de ABAQUA, que estarán operativas entre junio y septiembre, periodo en el que se prevé que unas 15.000 embarcaciones fondeen en las zonas protegidas.

Fuente: Gobierno Baleares.

7 de febrero de 2012

Reforma de la Ley de Costas


Mucho se está hablando de la comparecencia del nuevo Ministro de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente (no entiendo el cambio de nombre del Ministerio, si es lo mismo) en el Congreso de los Diputados para hablar de su “agenda” de legislatura.

Entre los temas más polémicos, sin duda se encuentra el anuncio de la revisión de la Ley 22/88, de 28 de julio de Costas. Es ésta una ley sin duda veterana, pero que marcó un hito esencial en las políticas ambientales, aunque curiosamente llevada a cabo desde el Ministerio de Obras Públicas del momento, por cuanto hablar de Ministerio de Medio Ambiente en aquel momento era pura entelequia.

Desde mi punto de vista aquella Ley tuvo (tiene) un fin primordial: proteger el primer frente de costa del proceso urbanizador que ya había acabado con gran parte del litoral del levante español. Y desde ese punto de vista ha podido tener éxito. Y es creo que hay varios aspectos a destacar de la actual Ley de Costas:

  • La inclusión en el dominio público marítimo terrestre de las marismas, dunas, etc. permitiendo la preservación de los ecosistemas costeros.
  • El establecimiento de una zona de protección del DPMT, de 100 m y ampliable hasta 200 m, así como una zona de transición de hasta 500 m. De este modo se consigue una protección más efectiva de nuestro DPMT. 
  • La ordenación del uso de las playas, que atendiendo a las necesidades de los usuarios de las mismas y a las expectativas económicas de los concesionarios y municipios, ha permitido la explotación de las mismas con el uso y disfrute de toda la ciudadanía y la preservación de sus valores. Y todo ello con el prisma de una autoridad nacional que vela por evitar diferencias entre territorios. 
  • La importancia dada a la zona de servidumbre de tránsito.


No obstante, creo que hay aspectos a ser tenidos muy en cuenta y que deberían ser analizados en profundidad, como son:

  • No se han tenido en cuenta las características diferenciadores de los distintos paisajes litorales. Como ejemplo de ello no hay más que ver la degradación a las que se ven sometidas las cientos de casas salineras dispersas por el litoral del golfo de Cádiz, especialmente en el entorno del Parque Natural Bahía de Cádiz. Se está perdiendo un importante patrimonio cultural, y con ella los signos de identidad de la cultura de la sal.
  • Desde el punto de vista de la gestión no es aceptable que, más de 20 años después de la aprobación de la Ley, aún no esté deslindado el 100% de nuestro litoral, lo que ha dado lugar a importantes conflictos entre la administración y los antiguos propietarios.

  • La Ley basa la protección ambiental más en conceptos métricos que en conceptos ecosistémicos y no se establecen aquellos espacios que son necesarios para la protección del litoral, aunque estén situados más allá de la zona de servidumbre de protección.

  • Por otra parte la Ley no ha sido capaz de blindar nuestro litoral ante las diversas construcciones, con proliferación de puertos deportivos y marinas, muchos de ellos construidos tras su entrada en vigor e incluso con la reserva para espacios portuarios de zonas de marismas, caso de la propuesta de la zona de actividades logísticas de Las Aletas.

  • Mientras la Directiva Marco de Aguas habla del concepto integral de cuenta, nuestro litoral sigue compartimentado y fracturado por las grandes obras de infraestructuras, con una visión más cercana a la división administrativa provincial (Demarcaciones de costas) que a una división basada en la dinámica costera.


Mucho me temo sin embargo que muchos de estos aspectos no serán tratados en la reforma de la Ley, una reforma que parece amparada en los intereses de los concesionarios de los chiringuitos y de los intereses de los hoteleros y constructores. En este sentido hay que hacer varias consideraciones:

1º. El sector de los empresarios de los chiringuitos tiene herramientas suficientes como para poder desarrollar su actividad a lo largo de todo el año. Y, quizás debería tenerse en cuenta igualmente la opinión de los hosteleros que, ubicados en los suelos urbanos, fuera del DPMT y junto a los paseos marítimos ven como no pueden disfrutar de las vistas de las playas de la que si disfrutan los chiringuitos. Al valorar el impacto positivos de los chiringuitos en la economía debería contraponerse el posible impacto negativo sobre estos establecimientos. En cualquier caso no debe olvidarse que, en playas en las que no hay establecimientos en la arena, también hay una primera línea para este tipo de establecimientos, si bien esa primera línea, con visión directa del mar, suele estar ubicada fuera de la zona de playa o de las dunas.

2º Del mismo modo, un hotel ubicado en primera línea de playa lo está aunque esté retranqueado 500 m, siempre de delante del mismo no haya otros establecimientos. Soy de los que cree que un turista que se hace 3.000 km para disfrutar de nuestro sol y playa, puede disfrutar de nuestras playas aunque tenga que andar 10 minutos para llegar a ella. Es más no hay que ver como en las publicaciones turísticas, año tras año, las playas mejor valoradas son aquellas menos urbanizadas. Si queremos turismo de calidad debemos aportar igualmente por playas de calidad.

Por todo ello me da en la nariz que, al igual que la Ley del 88 se hizo para defender a nuestro litoral del modelo de sol y playa que se estaba implantando en las costas mediterráneas, esta reforma puede tener por objeto precisamente el contrario: defender el modelo turístico de estas costas. Sin embargo puede haber modelos intermedio mucho más interesantes y ejemplos hay de ello, como el trabajo que empezó a desarrollar la Demarcación de Costas en Andalucía Occidental para clasificar las playas de la provincia de Cádiz, en consonancia con el establecimiento por uso criterios de gestión para la zona de servidumbre de protección del DPMT en la provincia de Cádiz, desarrollado por Juan Manuel Barragán y su equipo para la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Cádiz.

En ellos se clasificaba tanto del DPMT como su Zona de Servidumbre de Protección en función de su naturalidad y valores ambientales, estableciendo en cada una de ellas los usos permitidos y los criterios para su gestión.

Sería igualmente el momento de establecer aquellas zonas que, aún ubicadas fuera de la primera línea costera, son esenciales para el mantenimiento de los ecosistemas costeros, las cuales deberían ser clasificadas como suelo no urbanizable de especial protección por la legislación urbanística y estar recogidos en los planes de ordenación territorial.

En consecuencia, reconociendo todo lo que de buen tiene nuestra Ley 22/88 de Costas, debería aprovecharse para mejorarla en muchos aspectos y reconociendo el valor económico que tiene la costa para el sector turísticos no se olvide a otros segmentos turísticos que exigen y demandan un litoral en buenas condiciones ambientales, como son los empresarios de turismo activo y de naturaleza, así como la importancia que la conservación de los espacios costeros tiene para, por ejemplo, el mantenimiento de muchos de nuestros caladeros.

Veremos que ocurre…

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