1 de septiembre de 2010

Deslinde Dominio Público y Doñana

Hoy nos hemos desayunado con la noticia de que la Junta de Andalucía piensa alegar el deslinde del dominio Público Marítimo terrestre propuesto por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino en el tramo del Parque Nacional de Doñana.

Alega la Junta de Andalucía que la propuesta de deslinde es desproporcionada porque va más allá del primero cordón dunar. Bien, en este sentido, la Ley 22/88 de 28 de julio de Costas es bien clara al indicar que lo bienes de dominio público comprenden los terrenos a los que llega la línea de ribera del mar, además de dunas, marismas, marjales, albuferas...

En este sentido parece claro que los terrenos conformados por dunas de origen marino ubicadas en este espacio deben incluirse dentro del DPMT, al igual que las marismas inundadas como consecuencia de las mareas. Por todo ello, me parece que las consideraciones hechas por la Junta no tienen lugar, máxime cuando los distintos deslindes que se han hecho en otras zonas de la costa española si han contemplado los cordones de dunas dentro del DPMT.

Otra cuestión, cuanto menos curiosa, aparecida en prensa es la "polémica" sobre las competencias. Son muchos los espacios naturales protegidos donde la presencia de la figura de protección cohabita con el dominio público marítimo terrestre sin ningún problema, especialmente en espacios marismeños. Un claro ejemplo y muy cercano a la administración andaluza es el Parque Natural Bahía de Cádiz, cuya superficie se corresponde en su práctica totalidad con terrenos de DPMT, sin que se conozcan grandes problemas de gestión.

En ningún caso el hecho de que un terreno se adscriba a bienes de dominio público va a incidir en una pérdida de competencias del Parque Nacional. Los documentos de ordenación y de uso y gestión del Parque siguen siendo igualmente válidos, la administración nacional no tiene ninguna competencia en los planes de gestión de las distintas especies de flora, fauna o gestión de hábitats que se dan en el Parque Nacional. Eso si, se produce una mayor protección por cuanto a éstos se une la Ley de Costas.

Me da la sensación por tanto que estamos ante un caso en el que se quiere anteponer  lo autonómico por encima de todo. No cabe duda que el Parque Nacional de Doñana es un símbolo para el gobierno andaluz, pero llevar ello al extremo de ver un deslinde casi como un ataque a las competencias regionales puede ser contraproducente. ¿Cómo explicar a los miles de afectados por la Ley de Costa este posicionamiento por únicos motivos de competencia?.¿significa que por motivos políticos hasta las leyes se pueden modificar?.

Creo que lo mejor es dar carta de normalidad al deslinde, si estos terrenos deben estar dentro del DPMT la administración debería dar ejemplo y acatar el deslinde, máxime cuando en el momento en el que se traspasen las competencias sobre el DPMT será la propia comunidad autónoma andaluza la que gestione el espacio afectado por el deslinde.


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