22 de noviembre de 2011

Propuesto el LIC "Estrecho occidental"

El MARM propone el espacio marino “Estrecho Occidental” como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) de la Red Natura 2000
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) propone el espacio marino “Estrecho Occidental” como Lugar de Importancia Comunitaria de la Red Natura 2000, y publica en su página web www.marm.es el procedimiento de la información pública de la propuesta.
El MARM sostiene que el Estrecho Occidental cumple todos los requisitos para ser propuesto como LIC integrándose en la Red Natura 2000, ya que el espacio es exclusivamente marino y adyacente a los LIC existentes en el área que incluyen superficie marina y que ya fueron integrados en la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la Comisión Europea.
Además, el Estrecho es la única conexión natural entre el Mar Mediterráneo y el Océano Atlántico, lo que produce un sistema de corrientes que es responsable del equilibrio hídrico-salino en la cuenca mediterránea y del transporte de biomasa desde el Atlántico al Mediterráneo. La productividad biológica de esta zona permite la existencia de una extraordinaria biodiversidad, caracterizada por la presencia habitual de numerosas especies de cetáceos, incluyendo una importante población de delfín mular (Tursiops truncatus), especie incluida en la Directiva Hábitats y de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. También la marsopa (Phocoena phocoena), especie del Anexo II, está presente en las aguas del Estrecho Occidental.
El Estrecho constituye asimismo un lugar clave para la conservación de la tortuga boba (Caretta caretta), especie prioritaria del Anexo II, cuyas poblaciones frecuentan el área o lo utilizan como corredor en sus viajes migratorios entre los lugares de desove y alimentación. Otras especies de cetáceos que habitualmente se encuentran presentes en la zona o la utilizan en sus tránsitos migratorios son la orca (Orcinus orca), el delfín común (Delphinus delphis), el delfín listado (Stenella coeruleoalba), el calderón común (Globicephala melas), el cachalote (Physeter macrocephalus) y el rorcual común (Balaenoptera physalus), todos ellos incluidos en el Anexo IV de la Ley.Con esta propuestaFinal del formulario.
De esta forma, el MARM inicia el procedimiento de información pública, tal y como se establece en la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad,  indicando los tipos de hábitats naturales y las especies de interés comunitario existentes en dichos lugares, por un espacio de quince días. Durante el mencionado periodo de quince días cualquier persona física o jurídica podrá presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.
Los límites del espacio propuesto en este proceso de información pública podrán ser modificados como consecuencia de las alegaciones y sugerencias presentadas por las personas físicas o jurídicas y por las Administraciones Públicas interesadas.

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