11 de junio de 2009

Propuesta Directiva sobre vertidos buques


Mucho hemos hablado en este blog de los vertidos contaminantes procedentes de buques, especialmente como consecuencia de los diversos accidentes ocurridos en la Bahía de Algeciras, donde este tipo de incidentes (por llamarlos de alguna manera) son habituales. Por cierto que el pasado viernes seguía la misma imagen de siempre en la costa este de Gibraltar, esto es: varios buques esperando para repostar en los buques gasolineras.

En todos estos incidentes se ha dado un hecho secundario, la aparición de manchas de fuel que presumiblemente provenían de buques que transitaban por la zona y que aprovecharon para limpiar tanques. Así no debe extrañarnos que el Parlamento Europeo haya dado luz verde a la revisión de una directiva que refuerza las sanciones contra los vertidos contaminantes procedentes de buques. A partir de ahora, las infracciones más graves, es decir, aquéllas que provoquen el deterioro de la calidad del agua, serán tipificadas como delito y castigadas con sanciones penales. Los Estados miembros tendrán un año para aplicar la nueva legislación.

El acuerdo alcanzado en primera lectura entre el Parlamento Europeo y el Consejo introduce medidas para combatir los vertidos procedentes de buques, incluidas las sanciones penales. En la UE ya existe legislación para reforzar la seguridad marítima y contribuir a la prevención de la contaminación procedente de los buques. Estas medidas, generalmente multas, están dirigidas a los Estados de abanderamiento, a los propietarios y fletadores de buques, a las sociedades de clasificación, a los Estados portuarios y a los Estados costeros.

La nueva legislación obliga a los Estados miembros a tipificar como delito las infracciones más serias, que serán castigadas con sanciones penales. Se considerarán casos graves de contaminación los vertidos que deterioran la calidad del agua. Los daños menos graves también se tipificarán como delito si son repetidos, deliberados, causados por una negligencia seria o tienen como consecuencia el deterioro de las aguas. Serán los Estados miembros los que decidan el tipo y el nivel de dureza de las sanciones, aunque la directiva estipula que estas serán "efectivas, proporcionadas y disuasivas". Los Estados tendrán un plazo de un año para aplicar la normativa.

Sin dudas, si esta iniciativa acaba en la aprobación de una Directiva comunitaria se habrá dado un buen paso en la eliminación de los vertidos desde buques.

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