
- Se incluye el concepto de cuenca hidrográfica, de acuerdo a la Directiva Marco de Agua.
- Se incluye el medio marino.
- Se incluye el patrimonio costero, tan abundante en nuestras costas, incluyendo el terrestre y el submarino.
- Presta una importante atención a los efectos de la regresión costera.
Por otra parte, presta gran atención a los suelos pertenecientes al dominio público marítimo terrestre y a la zona de influencia litoral. Sin embargo, en este último caso, no aporta grandes novedades y sigue un tanto lo marcado en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para los suelos urbanos, urbanizables y no urbanizables.
Sin embargo, me quedó con un aspecto muy importante y que suele resaltar el profesor Barragán: estamos es un país de muchos Planes y Directrices, pero a veces dejamos de lado la gestión. Es decir, usamos herramientas poco ágiles y que no pueden dar respuesta rápida a los complejos fenómenos que se dan en nuestras costas. Pese a ello, no cabe duda de que el desarrollo de este Plan supondrá una mejora en la gestión del litoral canario, aunque sin duda siempre podrá ser mejorable.
1 comentario:
Enhorabuena por la entrada y gracias por poner el link al documento.
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